martes, 23 de septiembre de 2008

PRD: Propuesta Ley Asamblea Constituyente

Partido Revolucionario Dominicano

 

ANTEPROYECTO DE LEY QUE DECLARA LA NECESIDAD DE REFORMAR LOS ARTICULOS 116, 117 Y 118 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA PARA CREAR Y ESTABLECER LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE COMO ORGANISMO IDONEO PARA REFORMAR LA CARTA SUSTANTIVA DEL ESTADO

 

 

EL CONGRESO NACIONAL

En Nombre de la República

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República fue establecida en 1966 habiendo sido modificada en 1994 y en 2002, como resultado de situaciones especiales, sin que a la fecha la nación cuente con una ley sustantiva que le conecte en forma eficaz con la era del conocimiento y de la información, con la defensa del medio ambiente y los recursos naturales, con el disfrute de los derechos individuales y colectivos de manera amplia, asimilando los principios de la moderna administración de los recursos y los procesos, de absoluta transparencia en el manejo de los recursos públicos y privados, todo con el propósito de alcanzar un desarrollo social donde impere de ley con garantías de prosperidad para todos los ciudadanos y ciudadanas.

CONSIDERANDO: Que el pueblo dominicano demanda una  Constitución surgida del mas amplio consenso nacional,  como quedó demostrado en los trabajos realizados por la Comisión Especial, creada en el Decreto No. 410 del 21 de marzo de 2001, y por la Comisión Encargada de Preparar las Consultas que Fueren Necesarias Tendentes a Modificar la Constitución de la República, creada mediante el Decreto No. 323-06 del 3 de agosto de 2006, en cuyo informe sobre los resultados del “Encuentro Nacional de la Consulta Popular para la Reforma Constitucional”, publicado en febrero de 2007,  se destaca que el 62% de los consultados  se pronunció a favor de la reforma constitucional a través de  una Asamblea Constituyente.

CONSIDERANDO: Que para incorporar la Asamblea Nacional Constituyente a la Constitución de la República, es necesario cumplir con las formalidades y los procedimientos exigidos en los Artículos  116, 117, 118, 119 y 120 de la Carta Magna.

CONSIDERANDO: Que, en este Siglo XXI, caracterizado por el ejercicio ético y transparente en las políticas públicas, la nueva Constitución de la República debe ser el resultado de la genuina expresión de la democracia, sin exclusión ni hegemonía de ninguna especie, la cual solo es eficaz a través de la creación y establecimiento de la Asamblea Nacional Constituyente, como expresión legítima de la soberanía popular. 

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo  117, consigna el procedimiento de declaratoria de la necesidad de la reforma y para la  convocatoria de la Asamblea Nacional Revisora.

VISTOS: los Artículos 116, 118, 119 y 120 de la Constitución de la República.

 

HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

 

ARTÍCULO 1. Se declara la necesidad de reformar la Constitución de la República, en sus Artículos 116, 117, 118 y 120.

ARTÍCULO 2.- Los propósitos de la Reforma Constitucional son los siguientes:

                  1) Establecer en el Artículo 116 que la iniciativa de la reforma no será potestad exclusiva del Congreso Nacional y del Poder Ejecutivo sino establecer  iguales derechos a favor de los demás sectores de la sociedad siempre que tal iniciativa esté avalada por el cinco por ciento de los ciudadanos (as) en edad de votar. Asimismo, se consignará que las decisiones se tomarán por las dos terceras partes de la matrícula.

                   2) Indicar en el Artículo 117 que la necesidad de la reforma se declarará mediante una Ley, la cual no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenando también la reunión de la Asamblea Nacional Constituyente. Esta  Ley fijará el plazo para la elección de sus miembros por voto directo; determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

                   3) Establecer que el número de miembros de la Asamblea Nacional Constituyente será de doscientos diez (210) miembros electos por voto directo, en la proporción siguiente: Noventa y cinco (95) postulados por los partidos políticos reconocidos en las circunscripciones electorales creadas por la Junta Central Electoral para la elección de los diputados; Dos (2) elegidos a nivel nacional por acumulación de votos para los candidatos de partidos, alianzas o coaliciones que no obtengan representación y reúnan los votos equivalentes a una fracción igual o mayor que el número correspondiente al que haya recibido en promedio cada diputado regular; Ocho (8) elegidos que representen a los dominicanos en el exterior; y Ciento cinco (105) será postulados por asociaciones, federaciones u organizaciones sociales, religiosas, académicas y comunitarias, en una única circunscripción nacional.

                   4) Los partidos políticos y las agrupaciones independientes que llenen los requisitos establecidos por la Ley Electoral vigente competirán por los noventa y cinco (95) constituyentes de las circunscripciones electorales. 

                   5) Para ser válidas las propuestas de los partidos políticos y de las agrupaciones independientes deberán contener, por lo menos, una mujer por cada dos hombres.

                   6) Los ciento cinco (105) constituyentes de la circunscripción nacional saldrán de propuestas de asociaciones, federaciones u organizaciones sociales, religiosas, académicas y comunitarias, bajo las condiciones siguientes: En coaliciones de por lo menos diez organizaciones, cada una con personería jurídica, es decir, que su existencia esté legalmente registrada ante un órgano público; que reúnan el respaldo de por lo menos el uno (1) por ciento de los votos válidos de la última elección general y que en su propuesta de candidatura aparezcan alternados una mujer y un hombre. Las propuestas de candidaturas por las representaciones sociales no podrán integrarlas dirigentes de partidos políticos reconocidos y agrupaciones electorales independientes y en ellas debe asegurarse la representación regional.

                  7) Establecer en el Artículo 118 que a los ciento ochenta (180) días de aprobada la Ley que declare la necesidad de las reformas propuestas, deberán celebrarse las elecciones, reglamentadas por la Junta Central Electoral, para elegir los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente, debiéndose reunir la misma de pleno derecho sesenta días después de la emisión de los certificados de elección por el organismo nacional responsable de los asuntos electorales.  Los trabajos de la Asamblea Nacional Constituyente concluirán dentro de los seis (6) meses de su instalación.

                   8) La Asamblea Nacional Constituyente sesionará con la presencia de más de la mitad de sus miembros y sus decisiones se tomarán por una mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes.

                   9) Para ser miembro de la Asamblea Nacional Constituyente se requerirán las mismas condiciones que para ser diputado.

                   10) Los miembros de la Asamblea Nacional Constituyente ejercerán sus funciones a título honorífico. Sin embargo, gozarán de las mismas inmunidades que los miembros del Congreso Nacional. Todos los gastos que incurra la Asamblea Nacional Constituyente deberán ser cubiertos con fondos del Presupuesto Nacional.

                   11) El texto constitucional resultante de la reunión de la Asamblea Nacional Constituyente se someterá a aprobación o rechazo mediante un referendo, que será convocado en el mes subsiguiente a la conclusión de los trabajos de la Constituyente. De ser ratificada, la nueva Constitución será proclamada y publicada inmediatamente. La ley dispondrá todo lo necesario para lo antes prescrito.

                   12) Ratificar la disposición contenida en el Artículo  119, que ninguna reforma podrá versar sobre la forma de Gobierno, que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.

                   13) Ratificar la disposición contenida en el Artículo 120, que la reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma, y no podrá jamás, ser suspendida ni anulada por ningún poder ni autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.

DADA…….

 

PRD alerta proyecto Constitución está diseñado en beneficio de LF


 Dice entregaran proyecto de ley que convoca la asamblea para aplicar la Constituyente

El presidente del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Ramón Alburquerque, señaló que el proyecto de reforma le permitiría al actual presidente de la República, Leonel Fernández, una nueva reelección a partir de ahora a través de la modificación del artículo  49 que asegura le favorece para postularse en el 2012.

“Eso implica que es una Constitución que una vez más será modificada como un traje a la medida de quien está gobernando”, manifestó Alburquerque.

Por esa razón, dijo que los dirigentes de su entidad política entregarán en el transcurso de hoy a sus diputados en la Casa Nacional del PRD el proyecto de ley que convoca la asamblea nacional revisora para incluir la Constituyente, que aclara no es una propuesta en oposición al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), sino a favor de la democracia del país.

Entrevistado en el programa Matinal 5, el presidente del PRD deploró que el proyecto de reforma sometido al Congreso por el Presidente Fernández suprime además el artículo 4, que establece el principio de la separación de los poderes del Estado y su alternabilidad.
 
Otro elemento es que el transfugismo se fortalece en este proyecto en vez de disuadirlo sabiendo que le hace daño a la democracia”,  expresó al tiempo que aseguró debatirán el tema manteniéndose como partido de oposición.

Sobre la reforma: una carta de Margarito de León

Distinguidos Compañeros:

Obligado por las circunstancias y consciente del peligro que se cierne sobre nuestra patria a la hora de reformar la carta magna, nuestra ley sustantiva, el mecanismo que nos rige e identifica como nación.

Llamo a la atención de ustedes, para que nuestro partido se levante como un gigante dando muestra de coherencia y unidad de criterios jugando su rol de representante y conductor de la sociedad dominicana en estos momentos.

Los planes del presidente de turno no
"son un juego" son conocidos por nosotros pero conocedores  también del envilecimiento casi colectivo de la sociedad, producto del bombardeo comunicacional logrado con la mas oprobiosa inversión de los recursos del estado para la compra de conciencia, voces y voluntades.

Le corresponde a nuestra organización, ponerse al frente de la sociedad:   De  la verdadera sociedad, las juntas de vecinos, asociaciones de padres y amigos de las escuelas, clubes deportivos y culturales.  Propiciando escenarios de discusión que orienten y desenmascaren las siniestras pretensiones del presidente de turno.

Los invito a que hagamos un alto en el camino postergando cualquier interés personal y cerrar filas en la defensa de los sagrados derechos obtenidos por nuestros ciudadanos durante tantos largos años de lucha.  Felicitamos al compañero
Manuel Duran, presidente federal de nuestro partido, quien ha desmenuzado y denunciado el ante-proyecto de reforma del presidente de turno, donde intenta desconocer las conquistas obtenidas por los dominicanos de ultramar.

No es tiempo de individualismo o personalismo, el partido,  sus organismos tienen que fijar posición, socializar esa posición a todos los niveles, Provinciales, municipales y Zonales, alertar sobre acciones concretas que como partido y como ciudadanos  de esta nación estaremos dispuestos a implementar si intentan desconocer nuestras conquistas adquiridas mediante muchas luchas y derramamiento de mucha sangre.

En estos momentos, el “Figueres” en los medios de comunicación  no es lo más conveniente, que hablen nuestros voceros legitimados, nuestros juristas conocedores del tema y comprometidos con nuestra posición institucional, de aquí dependerán el presente, futuro y la paz en nuestra patria.

Esperando encontrar eco en estas reflexiones, de ustedes muy atentamente,

Margarito De León Castillo
Secretario General Municipio Santo Domingo Norte

lunes, 22 de septiembre de 2008

CAPSULAS

Referido por Eulalio Almonte-Rubiera 

 

“…el tiempo perredeísta sigue   siendo de Miguel Vargas Maldonado.”

POR ALVARO ARVELO HIJO
El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) buscaba un candidato presidencial que uniera, aglutinara, cohesionara, pusiera algo de orden en el caos blanco y pudiera ser un aspirante que de no ganar 

obtuviera un papel respetable, importante, considerable, digno de elogios y hasta sorpresivo dado el deterioro de ese partido.

El PRD celebró primarias para escoger su candidato presidencial para los comicios del 16 de mayo de 2008, y de ellas salió como contundente, rotundo, claro y convincente ganador el ingeniero Miguel Vargas Maldonado.

Ganó la convención perredeísta con un formidable e increíble 80 por ciento.

Cuando las primarias para la elección del candidato del PRD con miras a las elecciones del 16 de mayo de 2000, Hipólito Mejía barrió a sus adversarios, pero su votación fue de aproximadamente un 72 por ciento. Quedó corto por un 8 por ciento en relación a lo que hizo Miguel Vargas Maldonado.

Por no mencionar que ni el más grande líder de masas de todos los tiempos, como yo le bauticé, doctor José Francisco Peña Gómez, pudo alcanzar en primarias perredeístas, por no mencionar que perdió de Jacobo Majluta en aquel célebre y triste concordazo.

Bueno, el caso es que Miguel Vargas Maldonado se dirigió a las elecciones del 16 de mayo de 2008 teniendo un 80 por ciento como ganador convencional perredeísta. En las elecciones del 16 de mayo de 2004 el presidente reeleccionista Hipólito Mejía, que había arrasado el 16 de mayo de 2000, obtuvo un 33 por ciento frente al ganador Leonel Fernández.

Miguel Vargas Maldonado, como candidato opositor obtuvo un 40 por ciento, o sea, 7 por ciento más de lo que alcanzó el presidente candidato Hipólito Mejía.

Miguel Vargas Maldonado no solo barrió en la convención con el citado 80 por ciento, sino que ahora daba la sorpresa de lograr un 40 por ciento ante un presidente en reelección, por demás el más importante líder político dominicano del momento histórico que vivimos.

Miguel Vargas Maldonado alcanzó casi 1.700.000 votos, una de las votaciones más altas de la historia electoral criolla de todos los tiempos.

Reconozco que nadie debe ceder su espacio, en política ni en nada en la vida.

Reconozco que nadie debe ceder sus derechos adquiridos, sino luchar por ellos.

Reconozco que el que ha sido presidente tiene buenas posibilidades de regresar, incluso aquellos que han salido del poder en condiciones lamentables, como nos enseña la historia nacional.

Siempre dije, y él lo negaba de manera inteligente, que mi amigo Hipólito Mejía aspiraría de nuevo, consciente yo del gusanillo de la política y del ensueño que representa el Poder.

Ahora bien, yo creo que si bien el ex presidente Mejía tiene que dejarse sentir dentro y fuera del PRD, el tiempo perredeísta sigue siendo de Miguel Vargas Maldonado.

Porque si Miguel Vargas Maldonado logró todo lo que he señalado, no entiendo por qué el PRD debe ponerse a inventar.

 

Claro, es el partido de los Chacumbeles.

De no ser así, Miguel Vargas Maldonado tiene que ser el candidato presidencial del PRD el 16 de mayo del 2012. Lo demás es otro salto vacío del partido que no aprende las lecciones.

(Tomado de El Nacional, Santo Domingo, R.D., 22 de septiembre de 2008)

 (El autor es periodista, escritor y reputado intelectual dominicano)

domingo, 21 de septiembre de 2008

Un LLamado General...!

A todo aquel que esté dispuesto a formar un FRENTE PRO DOBLE CIUDADANIA COMPLETA que comience a "calentar el brazo".
 
Su Anteproyecto de Reforma Constitucional en lo referente a la Doble Ciudadanía es un atentado contra nuestros Derechos de Ciudadanos.
 
No lo permitamos!!!
 
DIOS PATRIA LIBERTAD.
 
      Dr. Héctor Valencia
 
Nota:
Envía este mensaje a todos tus amigos.

Durán se queja por trato a dominicanos en el exterior proyecto reforma Constitución

Por ADALBERTO DOMÍNGUEZ
NUEVA YORK.- El presidente federal del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en Estados Unidos, Canadá y Puerto Rico, sostuvo que el anteproyecto de reforma constitucional sometido por el presidente Leonel Fernández a consideración del Congreso Nacional, le da una puñalada trapera a la comunidad dominicana residente en el exterior al pretender despojársele de sus derechos a ocupar cargos de relevancia en la administracion pública.

El licenciado Manuel A. Durán manifestó que en la pieza legislativa “se intenta impedir que los dominicanos adquirientes de una segunda ciudadanía tengan los derechos del resto de los ciudadanos, lo que de aprobarse sería un acto de discriminación y de negación de la conquista lograda por la comunidad de dominicanos en el exterior al poder obtener otra ciudadanía sin perder los derechos de ser dominicanos”.

Indicó que dicho anteproyecto contiene la conquista de dos senadores y hasta siete diputados en el exterior, la cual es producto de las iniciativas propuestas por el fenecido líder perredeísta doctor José Francisco Peña Gómez y el PRD.

Añadió que Peña Gómez y el PRD siempre han entendido que los dominicanos residentes en el exterior “tenemos derecho a ser representados aunque sea mínimamente a través de puestos electivos e igualmente en el pasado se logró que los dominicanos pudieran adquirir una segunda ciudadanía sin perder la dominicana y los derechos que contempla la misma”.

Donde se discrimina a los dominicanos que han tenido que emigrar a otras naciones es en el articulo 18 del anteproyecto sometido por Fernández el  jueves al Congreso Nacional, sostiene Durán al citar el contenido del mismo.

En su acápite primero dice que “Las dominicanas y los dominicanos que adquieran otra nacionalidad por acto voluntario no podrán optar por la Presidencia o Vicepresidencia de la República. Podrán ocupar otros cargos electivos o ministeriales, o de representación diplomática del país en el exterior y en los organismos internacionales, si renunciaren a la nacionalidad extranjera por lo menos un ano antes de la elección o al momento de su designación”.

En el artículo 2 expresa que “Los hijos de padre o madre dominicanos que hayan adquirido otra nacionalidad por el lugar de nacimiento, podrán optar por la Presidencia o la Vicepresidencia de la República, previa renuncia a la nacionalidad adquirida y residir en el país, por lo menos, cinco anos antes de la fecha de la postulación al cargo que aspira”.

El dirigente  perredeísta considera que “es una total discriminación que a los dominicanos quienes hayan adquirido otra nacionalidad aunque renuncien a la misma no se les permita postularse a la Presidencia o la Vicepresidencia de la República.

Miguel demanda gobierno detenga derroche y proteja el trabajo y el ahorro familiar



HAINA, San Cristóbal.- Los diputados Ruddy González, vocero, Mary Sánchez y Juan Benito Reyes, presidente del Comité Municipal del PRD, al llegar junto a Miguel Vargas al encuentro en el que el candidato presidencial en las pasadas elecciomes agradeció el apoyo recibido.

El ingeniero Miguel Vargas demandó del gobierno corregir su política económica,  generadora de un aumento generalizado de precios, quiebra de la producción agropecuaria y estancamiento en el sector construcción,  un balance negativo  en la cuenta corriente de la balanza de pagos que ascenderá a 5 mil millones de dólares, y otros déficits que afectan el capital de las empresas y los ahorros de las familias.

 Alertó que mientras tanto, el gobierno desaprovecha las oportunidades de preparar al país frente a la crisis financiera y la recesión que sufren los Estados Unidos y otros centros del poder económico mundial.

Cuestionó que “mientras persisten crecientes indicativos de un deterioro de la situación económica y social, el gobierno parece incapaz de reaccionar ante la urgente necesidad de desarrollar programas y acciones que impulsen la competitividad, las exportaciones de bienes y servicios, y fortalezcan el turismo y las zonas francas”.

El líder político resumió que los impuestos excesivos, la subida de las tasas de interés en los préstamos comerciales y personales y el alto costo de la vida han deteriorado sustancialmente la calidad de vida de las familias dominicanas, incluyendo a la clase media.

Deploró además la indiferencia del gobierno frente a la necesidad de un ajuste salarial en el sector privado, que contribuya a que la clase trabajadora alivie la carga inflacionaria, que según admiten ya altos funcionarios del gobierno llegará a un 17 por ciento, y economistas independientes sitúan en alrededor de un 20% al finalizar el año.

El líder perredeísta habló sobre el tema en el industrial municipio de Haina, provincia San Cristóbal, en un encuentro en el que agradeció el respaldo que le fuera ofrecido en los pasados comicios. El presidente del Comité Municipal, diputado Benito Reyes, (Manikí) reconoció el gran desempeño de Vargas como candidato presidencial, “frente a un reeleccionismo que para imponerse no le importó producir en la economía nacional los efectos que está padeciendo hoy la población”.

Constitución, oportunamente

   En cuanto a su posición sobre el proyecto de reforma constitucional introducido por el presidente Leonel Fernández al Congreso Nacional, afirmó que  “lo estoy estudiando y oportunamente expondré  mi opinión de fondo, entiendo sí que nuestro partido debe participar en los debates parlamentarios y articular alianzas estratégicas con sectores de la sociedad interesados en que, junto a las reformas del sistema electoral y de partidos políticos, las modificaciones constitucionales  contribuyan al fortalecimiento institucional y democrático del país.

Insistió sin embargo en que “en este momento mi atención está centrada en demandar que el gobierno adopte medidas para resolver las manifestaciones de la crisis económica y social que ha creado con sus imprevisiones e inadecuada administración”.

Puntualizó que entre esas manifestaciones “he podido comprobar la situación de familias en peligro de perder sus apartamentos, sus vehículos u otros bienes debido a que no están en capacidad de pagar la duplicación que en menos de tres meses ha dispuesto el gobierno en las tasas de interés de los préstamos hipotecarios”.

 Advirtió que más delicado aún es el caso de empresarios, especialmente en los niveles  micro, pequeño y mediano que emprendieron iniciativas de negocios financiadas a tasas de interés que ahora el gobierno ha obligado a la banca a aumentarles en un 100 por ciento, “ellos están perdiendo sus inversiones en una situación que disminuye la actividad económica y el empleo”.

Agregó que “se trata de un severo golpe que afecta el capital y el ahorro, que impide disfrutar del sagrado derecho a un techo, o disponer de un medio de transporte o de otros bienes que son en definitiva inversiones en el patrimonio y la seguridad familiar”.

Expuso que para reducir los déficits generados por el desborde del gasto público durante la campaña reeleccionista, el gobierno ha preferido disminuir el poder adquisitivo de la gente y deteriorar su calidad de vida, en vez de aplicar un serio y efectivo programa de austeridad en el gasto público.

“Todo lo contrario”, concluyó, “lo que estamos presenciando es un carnaval de designaciones ilegales e innecesarias de funcionarios que incrementarán la nómina, las dietas, los viáticos y el gasto de combustible y de otro tipo en las dependencias públicas, todo ello en perjuicio de los contribuyentes”.

 

21 de septiembre, 2008.

(Redaccion: Nelson Marte, Periodista, 809 350 4125-809 482 3968

Una Doble nacionalidad cercenada que rechazamos.

Escribe: Miguel Espaillat Grullon. New York. Septiembre 21 / 2008

Está harto comprobado que toda ley o normativa  que provenga de la clase dominante de la Republica Dominicana  tiene la impronta de la discriminación y de la exclusión social. Tradicionalmente todas las leyes se han elaborado con el fin de favorecer a  las 17 familias  burguesas  y oligárquicas  dueños y señores del país. 

 Es la añeja práctica mundial de estas clases.   Lo que está pasando actualmente en Bolivia, donde la mayoria nacional es victima de cien familias descendientes de europeos, confirma esta referencia.  Pero igual sucede con Venezuela, Honduras, Paraguay, Uruguay, Chile, El Salvador, Ecuador y demas paises del área.  Es el origen de las actuales convulsiones sociales.

 

El agravamiento, de tal estado de cosas se da con más fuerzas, por el apoyo condicionado de los gobiernos norteamericanos y europeos a los criollos de estas naciones explotadas, a los  que hacen sus socios en el saqueo de los recursos naturales y humanos.

 En este contexto, la Republica Dominicana se aboca a otra reforma constitucional, soslayando por 39 veces,  el interés de la nación a favor de las clases detentadoras del poder real.

 

En esta oportunidad no vamos a hacer un análisis pormenorizado del nuevo texto “ANTEPROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL REPUBLICA DOMINICA” Porque el mismo se haría muy extenso y algo árido al interés de los no versados en leyes.  Por tal razón solo vamos a hacer algunas puntualizaciones en aquellos puntos de principal interés para la mayoria de la población residiendo en la Republica y en el extranjero.

 Primero – De las reformas  constitucionales.

 Como elemento de base para la discusión presento a ustedes el texto que normaliza las reformas constitucionales de aprobarse el texto sometido a la ASAMBLEA NACIONAL REVISORA.

TITU LO XII     DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES

CAPITULO I   DE LAS NORMAS GENERALES

 Artículo 244.  La Reforma de la Constitución sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma,  y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder o autoridad ni tampoco por aclamaciones populares.

 1)         Ninguna modificación podrá versar sobre la forma de gobierno que deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.

 2)         Cuando la reforma de la Constitución sea relativa al período constitucional del Presidente de la República o de los demás cargos electivos, entrará en vigor solamente en el siguiente periodo. 

 CAPITU LO II  DE LA ASAMBLEA NACIONAL REVISORA

 Artículo 245. La necesidad de la reforma Constitucional se declarará por una ley de convocatoria que deberá ser aprobada con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de cada una de las cámaras. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

Artículo 246. Para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de las reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las Cámaras. No podrá iniciarse la Reforma Constitucional en caso de vigencia de alguno de los estados y supuestos previstos en el artículo 171.

1)     En este caso, las decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.

2)     Una vez votada y proclamada la reforma por la Asamblea Nacional Revisora la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados

Articulo 247. Cuando la reforma verse sobre derechos, deberes y garantías fundamentales, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, y el régimen de la moneda y la banca, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en esta Constitución, una vez votada y aprobada por la Asamblea Revisora, requerirá de la ratificación de la mayoría de los ciudadanos con derecho electoral, en referendo aprobatorio convocado al efecto por la Junta Central Electoral.  

Artículo 248. La Junta Central Electoral someterá a referendo las reformas dentro de los sesenta días siguientes a su recepción formal.

Artículo 249. La aprobación de las reformas a la Constitución por vía de referendo requiere del voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes, y que el número de éstos exceda del treinta por ciento del total de los ciudadanos que integren el Registro Electoral. Los votantes se expresarán por "Sí" o por "No".

Artículo 250. Si el resultado del referendo fuere afirmativo, la reforma será  proclamada por la Asamblea Nacional Revisora o en su defecto por cualquier autoridad de la República, incorporándose al texto constitucional.

                                 ***********************

Como puede inferirse de la lectura del texto anterior, para la modificación de la constitución no se contempla ni  por asomo el uso de la constituyente que es lo moderno en los tiempos actuales.

O sea que nuestra constitución va a seguir elaborada por los senadores y diputados reunidos en asamblea nacional para tal fin.  Ahora bien podemos preguntarnos.  ¿Qué constitución podrá salir de los  honorables diputados y senadores actuales de la Republica?  ¿Podrá esta vez dar peras el olmo?  ¿Se resistirán estos congresistas al hombre del maletín?

Las falencias de esta reforma estan a la vista.  ¿Cómo es posible elaborar una reforma constitucional sin la participación del la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA y obviando la participación de la ciudadanía?

Esos juristas, participantes en la elaboración de esta reforma, entre ellos el Dr. Mario Vinicio Castillo y Pina Acevedo, sabemos a quienes representan.

Ademas la condición de jurista por si sola, no es calidad absoluta que confiere la naturaleza humana necesaria para elaborar un documento de esa naturaleza que tiene implicaciones espirituales, morales, culturales y humanistas. Traigo a colación este criterio filosófico si se quiere, porque no encuentro esas cualidades y virtudes en la mayoria de los juristas convocados para este trabajo.

Segundo – De la reelección presidencial

TITULO IV    DEL PODER EJECUTIVO

 CAPITULO I   DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 Sección I  Disposiciones Generales

 Artículo 102.  El Poder Ejecutivo es ejercido en nombre del pueblo por el Presidente de la República, símbolo de unidad nacional y de la permanencia del Estado.

 Artículo 104. El Presidente de la República será elegido cada cuatro años por voto directo.  Podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo, así como luego del intervalo de un mandato presidencial diferente.  

                                      *******************

¿Por qué insistir tanto en la reelección presidencial y en que alguien que fue presidente vuelva a serlo, cuando ya sabemos que la misma genera y fomenta el clientelismo corrupción y tiranía?

 

Tercero - Del nombramiento del procurador de la republica y demas subordinados. 

CAPITULO X    DEL MINISTERIO PÚBLICO

 Artículo 159.  El Ministerio Público es un órgano del sistema de justicia, que dirige la política del Estado contra el delito, ejerce la acción pública, garantiza los derechos fundamentales y libertades ciudadanas que asiste a las víctimas y testigos y protege el interés público tutelado por la ley.

 1)         El Ministerio Público goza de autonomía funcional respecto al resto de los poderes del Estado, y ejerce sus funciones conforme a los principios de legalidad, unidad de actuaciones, indivisibilidad, dependencia jerárquica, objetividad y responsabilidad.  

Artículo 160.  El Presidente de la República designará al Procurador General de la República, a los Procuradores Adjunto y demás integrantes del Ministerio Público, tomando en consideración los criterios de mérito y evaluación de desempeño considerados por el Consejo General de Procuradores.

                    ************************************

 ¿Es moderna una constitución que establece que el MINISTERIO PUBLICO será nombrado por el poder ejecutivo?

 

Cuarto – en esta reforma constitucional, en el capitulo concerniente a los derechos civiles y políticos se ha hecho un transplante proveniente del código penal dominicano.  El mismo esta muy bien, porque establecidos estos derechos en la constitución, consolida los mismos a favor de la ciudadanía en general.  Pero ya que se pudo transplantar es parte ¿Por qué no se transplantó también lo concerniente a la inversión del fardo de la prueba?

Desde la fundación de la republica en 1844 hasta el presente, es decir por 162años, los dominicanos hemos estado sufriendo el embate demoledor de la corrupción administrativa materializada en la evasión de impuestos por parte del sector productivo y del enriquecimiento ilícito de los funcionarios del estado.  Tradicionalmente hemos estado viendo como  personajes que ayer eran pobres, posteriormente exhiben unas riquezas, que no pueden justificar legalmente.  Esta práctica ha adquirido en los últimos tiempos, carácter de plaga maligna.  Ante la benignidad de las leyes que castigan estos crímenes y la venalidad de los jueces, estos individuos se burlan de los pueblos que languidecen en la indefensión, al no sufrir la sanción penal  que corresponde a su delito.  Ello así, porque nuestra constitución no establece en ninguno de sus acápites, forma alguna, para condenar, sancionar y combatir estos crímenes de lesa humanidad.  Las leyes positivas al respecto son muy débiles, y zigzagueantes. No son nada taxativas, y mas bien se prestan a brindar protección a los envueltos en la comisión de los mismos..  Prueba de ello, es que, el fardo de la prueba, esta a cargo del acusador, con lo que el acusado no tiene que hacer ningún aporte para demostrar el origen de sus riquezas, a todas luces mal ávidas.  La benevolencia de este principio juridico para con el acusado es aterradora.  La aplicación de este principio, resulta en una complicidad con el delincuente, puesto que siempre será imposible al acusador reunir las pruebas del peculado. Dado lo importantísimo, qué es para la republica y mas  en estos  momentos, sanear su economía , para que los dineros del pueblo se manejen con la mayor pulcritud, para que haya mayores recaudaciones que se puedan invertir en la adquisición de bienes  y servicios y obras sociales que beneficien a todo el pueblo, se hace necesario darle un carácter  constitucional a la penalización del enriquecimiento ilícito de los funcionarios del estado y a la evasión de impuesto por parte de cualquier ciudadano de la nación.

 

¿Por qué no se invierte el fardo de la prueba? ¿Quién esta destras de dejar las cosas como están?

Porque al igual que como se trasplantó del código penal lo concerniente a los derechos civiles y políticos no se trasplantó  la prueba del fardo revirtiéndola en el proceso penal? O sea, que corresponda por ejemplo al acusado de enriquecimiento ilícito demostrar el origen de su patrimonio?

¿Será que los dueños de fortunas que no pueden explicar su origen estan destras de la vigencia a perpetuidad de esta manera de la susodicha ley?

¿Será que no hay real interés en eliminar la corrupción?

Quinto – del territorio nacional

CAPITU LO III    DEL TERRITORIO NACIONAL

Sección I    De la Conformación del Territorio Nacional

 Artículo 8. El territorio de la República Dominicana es inalienable.

         1)     Está integrado por la parte oriental de la Isla de Santo Domingo, sus islas adyacentes y el conjunto de elementos naturales de su geomorfología marina. Sus límites terrestres irreductibles están fijados por el Tratado Fronterizo de 1929, y su Protocolo de Revisión de 1936. Las autoridades nacionales velarán por el cuidado, protección y mantenimiento de los bornes que identifican el trazado de la línea de demarcación fronteriza, de conformidad con lo dispuesto en el tratado fronterizo y en las normas de Derecho Internacional.

2)     Son partes del territorio nacional, el mar territorial y el suelo y subsuelo submarinos correspondientes. La extensión del mar territorial, sus líneas de base, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental serán establecidas y reguladas por ley orgánica o por acuerdos de delimitación de fronteras marinas, en los términos más favorables permitidos por el Derecho del Mar.

3)     Pertenecen a la República Dominicana el espacio aéreo sobre su territorio nacional, el espectro electromagnético y el espacio donde este actúa. La ley regulará el uso de estos espacios de conformidad con las normas del Derecho Internacional.

4)     Los poderes públicos procurarán en el marco de los acuerdos internacionales la preservación de los derechos e intereses nacionales en el espacio ultraterrestre, con el objetivo de asegurar y mejorar sus comunicaciones y el acceso de su población a los bienes y servicios desarrollados en el mismo.

Sección II    De los Recursos Naturales

Artículo 9. Todos los recursos naturales situados en el territorio dominicano, incluidos los yacimientos mineros, son de titularidad estatal y sólo podrán ser explorados y explotados por particulares en virtud de las concesiones o contratos que se otorguen en las condiciones que determine la ley. Los beneficios percibidos por el Estado por la explotación de sus recursos  podrán ser dedicados al desarrollo de las provincias donde se encuentran, en la proporción y condiciones fijadas por la ley. Se declara de alto interés público la exploración y explotación de hidrocarburos en el territorio nacional y en las áreas marítimas bajo jurisdicción del Estado.

Artículo 10. Las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica serán objeto de protección especial por parte de los poderes públicos que garanticen su gestión y preservación como bienes fundamentales de la Nación. Los ríos, lagos, lagunas, las playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso al público. La ley regulará las condiciones y formas en que los particulares podrán acceder al disfrute o gestión de dichas áreas.

Artículo 11. Se declara de alto interés público la exploración, explotación, estudio, preservación y aprovechamiento racional de los recursos vivos y no vivos de las áreas marítimas bajo jurisdicción nacional, en especial del conjunto de bancos y emersiones dentro de la política nacional de desarrollo marítimo

               ***************************************

 

¿Por qué en este acápite no se tomó en cuenta prohibir  vender a los extranjeros más de tres tareas de extensión territorial tal como lo era antes? Esto porque al ritmo de venta a extranjeros por el que vamos, pronto la Republica no será de los dominicanos. ¿Por qué no entienden los juristas encargados del texto de la susodicha reforma que estas ventas constituyen  una alineación del territorio de la republica, una cosa tan simple de entender?

 Y Sexto – en cuanto al derecho para ser presidente y vicepresidente.

CAPITULO IV   DE LA POBLACIÓN     Sección     De la Nacionalidad

Artículo 18. Se reconoce a las dominicanas y los dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la nacionalidad dominicana.

1)           Las dominicanas y los dominicanos que adquieran otra nacionalidad por acto voluntario no podrán optar por la Presidencia o Vicepresidencia de la República. Podrán ocupar otros cargos electivos o ministeriales, o de representación diplomática del país en el exterior y en los organismos internacionales, si renunciaren a la nacionalidad extranjera por lo menos un año antes de la elección o al momento de su designación.

Rechazamos tajantemente esta ley por contradictoria, y discriminatoria. Contradictoria porque en su articulo 18 reconoce la doble ciudadanía, pero que al negar la calidad para  ser presidente y vicepresidente de la republica a aquellos que hayan adquirido otra nacionalidad aunque hayan renunciado a la misma, constituye un contrasentido, y una discriminación.  Consideramos que los términos condicionanantes a esta doble nacionalidad  es una injusticia, una humillación, una desconsideración, una inaceptable restricción  y una aberración jurídica que cercena los derechos y que hiere profundamente la sensibilidad de todos los dominicanos que somos tan dominicanos como todos los que se han quedado halla, porque no tienen porque salir, o porque no han podido salir.

Nos estan vendiendo que esta reforma es moderna. Pero parece que la modernización es selectiva y acomodaticia.  Ingrid Betancourt es Colombiana de nacimiento y francesa por naturalización y puede optar por la presidencia de Colombia sin problemas. Ya que los dominicanos somos grandes imitadores ¿por que no podemos imitara  la legislación combiana que si es mas avanzada que la que estan planteando llevar a cabo el gobierno dominicano?.

Cuando mas arriba expuse: (la condición de jurista por si sola, no es calidad absoluta que confiere la naturaleza humana necesaria para elaborar un documento de esa naturaleza que tiene implicaciones espirituales, morales, culturales y humanistas. Traigo a colación este criterio filosófico si se quiere, porque no encuentro esas cualidades y virtudes en la mayoria de los juristas convocados para este trabajo).   Esta referencia viene a cabo porque cuando el Dr. José Francisco Peña Gómez sustentó establecer en nuestra carta magna la doble nacionalidad el Jurista Dr. Jottyn Cury se opuso rabiosamente a ese  proyecto constitucional.  El creyéndose lo máximo entre los Juristas dominicanos elevo instancias en contra del susodicho proyecto.  Gracias a Dios que se impuso la cordura el sentido común y filosófico de los responsable de tal reforma al reconocer con amor, la justicia de tal proyecto.

Desde el exterior los millones de dominicanos que sufrimos en este exilio forzado reclamos nuestra dominicanidad completa.  Si nuestros aportes materiales a la patria se reciben gustosos y sin discriminarlos, así mismo exigimos que nuestra dominicanidad no sea cercenada con una doble nacionalidad mostrenca y carente de respeto, amor y dignidad.

Si es cierto que la reforma es consensuada, entonces que consulten con los millones de inmigrantes para que obtengan la respuestas que correspondería al consenso.

 

Miguel Espaillat Grullon

New York, Septiembre / 21 / 2008

Correo electrónico: sanmiguelxx@yahoo.com

Many Durán insiste debemos luchar por derechos ciudadanos

Compañeros

 

No se trata de solamente favorecer a los dominicanos que hayan adquirido otra ciudadanía para ejercer puestos de representación de la República.  Se trata de defender el derecho como ciudadano de elegir y también ser elegidos.  Probable no sea necesariamente de utilidad inmediata para nosotros, pero si para nuestros hijos y las futuras generaciones de dominicanos nacidos en el exterior.  De poder mantener un nexo con nuestra identidad, con nuestras raíces, sin que se nos trate como a extranjeros que no tenemos los derechos de ser hijos de la patria amada.  Si podemos adquirir otra nacionalidad sin perder la dominicana, entonces debe ser sin perder todos los derechos de ser dominicano (elegir y ser elegido).

 

Esta lucha es de todos los dominicanos en el exterior sin importar ideologías ni partidarismo.

 

Siempre ha existido mucha hipocresía con nosotros al momento de mencionar los grandes aportes, pero en la práctica solamente el PRD como buen hijo de las ideas de nuestro líder máximo el Dr. José Francisco Pena Gómez ha dado muestra de sinceridad, de solidaridad y de respaldo a la causa de los Dominicanos en el exterior, como lo expresó el presidente del partido quien nos está dando su respaldo en esta causa noble y justa donde el proyecto de modificación a la constitución presentado por el gobierno de Leonel Fernández de ser aprobado va a pisotear, burlar y ultrajar a la diáspora dominicana.

 

Favor de expresar el derecho a la voz de protesta porque no podemos permitir la complicidad del silencio en algo tan peligroso que pretende despojarnos de las conquistas logradas por el Dr. José Francisco Peña Gómez en el 1994 cuando se aprobó que no perdiéramos la nacionalidad dominicana al adquirir otra nacionalidad.

 

Adelante compañeros,

 

Lic. Manuel A. Durán,

Presidente Federal del PRD.

Burla al dominicano del exterior


La fuerza de la identidad
*
El proyecto de reforma de Leonel hiere a la diáspora
Por Ramón Alburquerque / El Caribe

Los separados de la patria superan los dos millones de almas, un millón doscientos mil en América, doscientos cincuenta mil en Puerto Rico y sobre 500 mil en la Unión Europea. 
 
Se les ve por doquier persiguiendo el progreso.

Su mochila de viaje se llena de temas como empleo, estudio, desarrollo, progreso, seguridad y regreso pronto al terruño. En esas naves escapan de la realidad.

Aunque muchos triunfan a su manera, la crudeza de la vida  golpea con rigor y son tantos los que no logran nada, sin embargo, en numerosas ocasiones el éxito se presenta con obsequiosa generosidad.

Los dominicanos eran reticentes a cambiar de nacionalidad,  hasta que José F. Peña Gómez les aconsejó adquirirla públicamente, les dijo, “empoderense” para que sean fuertes  en el  país anfitrión, y  ayuden mejor su país de origen.

La visión del líder se hizo realidad, hoy en distintos países, hay oficiales dominicanos  electos y designados.

La acumulación de experiencia, ahorros, conocimientos y desarrollo intelectual, hacen de la diáspora un segmento demográfico importante, sin perder su identidad como etnia cohesionada, aunque enriquecida con frecuentes disidencias.



Miles de negocios de naturaleza diversas son operados por dominicanos, el expendio y los servicios de barriadas importantes en NY, NJ, Boston, Providence, Miami, etc, está en sus manos.

Las universidades matriculan miles de criollos (as), surgen  intelectuales de fuste, médicos brillantes, literatos, comerciantes, educadores, informáticos, artistas, deportistas, remesadores, banqueros, comunicadores, religiosos, líderes, transportistas, en todo se destacan los dominicanos.

La nación recordada más por Haití, Puerto Rico o Cuba, hoy tiene nombre propio, un lugar en el mapa, gracias al turismo y sus figuras universales, a esta valiosa relación hay que añadir, el prestigio de sus hijos andariegos.

José F. Peña Gómez completó su obra cuando en 1994 logró modificar la Constitución incluyendo la doble ciudadanía o nacionalidad, en lo adelante, se retenía la dominicanidad sin menoscabos de derechos.

En la casa de Joaquín Balaguer, a mediodía del 14 de agosto del 1994, el doctor JFPG acompañado de cuatro compañeros, entre ellos quien escribe, logró pactar dicha conquista renovando la historia para los hijos de Duarte. En esa ocasión nunca se habló de limitaciones tan grotescas.

El proyecto de reforma constitucional de Leonel Fernández Reyna hiere el patriotismo de las diásporas, de las que trabajan sin tregua por sus familias y la prosperidad nacional.

Esas que impiden con sus 6,500 millones de dólares anuales el colapso de la economía, las que evitan hambrunas y madrinas de la vergüenza social, no merecen la discriminación contenida  en el Párrafo 1 del Artículo 18 del proyecto propuesto:

“Las dominicanas y los dominicanos que adquieran otra nacionalidad por acto voluntario no podrán optar por la Presidencia o Vicepresidencia de la República.
 
Podrán ocupar otros cargos electivos o ministeriales, o de representación diplomática del país en el exterior y en los organismos internacionales, si renunciaren a la nacionalidad extranjera por lo menos un año antes de la elección o al momento de su designación”.

Heredero de JFPG, el PRD asume su rol de oposición responsable para defender a los sacrificados dominicanos del  exterior.

Hay que distinguir los dominicanos de origen, quienes siempre tuvieron la nacionalidad dominicana, de los que adquirieron la condición de dominicanos, como segunda nacionalidad.
 
Las remesas dinamizan el país
 
Las estadísticas mágicas del Banco Central reportan 35 mil millones de dólares anuales de producto bruto interno (PIB), o sea, cuatro mil dólares por habitante,  números tan bajos que reflejan miseria, empeorados por la pésima distribución, donde  grupos privilegiados tienen demasiado.
 
La diáspora no recibe el ingreso medio de las naciones anfitrionas, en Estados Unidos solo percibe el 55% de la media nacional por carencias y discriminaciones.
 
Las diásporas reciben ingresos superiores al PIB de la República, se demuestra, sumando los 27 mil millones anuales del millón doscientos mil trabajadores en EUA, con los 16 mil millones de las de la Unión Europea, Puerto Rico y otras, juntas reciben  43 mil millones de dólares anuales.
 
Nadie sabe exactamente a cuánto ascienden las remesas, pero se estima en 6,500 millones de dólares,  3,500 millones de envíos y 3,000 millones en inversiones directas.
 
Las remesas y el turismo constituyen el 66% de los ingresos en divisas de la sociedad dominicana, por tanto, puede afirmarse que no ha colapsado por el fuerte y decidido apoyo de este acto de solidaridad y amor.
 
La fuerza de la identidad. La dominicanidad es uno de los sentimientos  más fuertes del mundo, incontables manifestaciones aseveran esta expresión.
 
La etnia dominicana ocupa lugares destacados entre muchas como las latinas, anglosajonas, germanas, orientales y africanas, en ellas sobresale por su cohesión, solidaridad e identidad con sus tradiciones y valores

El Ingeniero Ramón Alburquerque
Es Presidente del PRD (Vea todos los artículos del compañero presidente en el Link que aparece a la derecha y arriba al margen de esta página)